Cómo calcular remuneraciones con Licencia Médica en Chile

Antes que todo entendamos que es la licencia médica, es el derecho que tiene un colaborador dependiente o independiente de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado periodo de tiempo, lo anterior derivado de alguna complicación de salud como enfermedades, accidentes comunes, del trabajo o del trayecto, licencia maternal (pre y post natal), patología del embarazo, entre otros que le afecte, el cual fue evaluada y otorgada por un médico, un dentista o matrona. 

Plazos de presentación de una licencia médica:

  • Trabajadores dependientes del sector privado: deben presentar las licencias médicas a sus respectivos empleadores dentro del plazo de 2 (dos) días hábiles, contados desde la fecha de inicio del reposo
  • Trabajadores dependientes del sector público: deben presentar las licencias médicas a sus respectivos empleadores dentro del plazo de 3 (tres) días hábiles, contados desde la fecha de inicio del reposo
  • Trabajadores independientes: a diferencia de los dependientes, deben presentar la licencia directamente a la COMPIN o la Isapre dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la licencia por parte del profesional y siempre que esté dentro del período de vigencia del reposo.

Al ser recepcionada por el empleador, y para poder realizar el cálculo de la renta que se pagará en el período respectivo a las personas que su sueldo es convenido de forma mensual, esté solo debe considerar y remunerar los servicios efectivamente prestados por el colaborador, dividiendo el sueldo en 30 días para sacar el valor día de trabajo y multiplicarlo por los días que faltan para completar el mes del respectivo periodo (28,29,30 o 31 días dependiendo del mes).

Ejemplo: Trabajador cuya jornada de trabajo está distribuida de lunes a viernes y presenta licencia médica por 15 días

Habiéndose obtenido el valor diario a pagar por concepto de remuneraciones con el procedimiento antes indicado, tratándose de un mes como el de septiembre, la remuneración diaria deberá ser multiplicada por los 15 días restantes. De igual manera, tratándose de un mes que cuente con 31 días como Agosto, el valor diario a pagar deberá ser multiplicado por 16 días.

sueldo base mensual: $600.00 / 30 (días del mes) = 20.000 (valor dia de trabajo)

Licencia médica en Septiembre:

  1. 20.000*15 (días restantes a la licencia médica) =$300.000 (remuneración a pagar)

Licencia médica en Agosto:

  1. 20.000*16 (días restantes a la licencia médica) =$320.000 (remuneración a pagar)

Mayores antecedentes puede revisar las siguientes ordenanzas:

https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-106609.html

https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-106620.html

https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-107324.html

NOTA: Dentro de este cálculo no se consideran los días de licencias médicas de periodos anteriores cuando se realicen procesos de remuneraciones con opciones.

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